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No era humo: la IDP tendrá que pagar 314.505 pesos por no cumplir con sentencias judiciales que la condenaron a brindar información

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La Intendencia de Paysandú deberá pagar una multa de 314.505 pesos por no haber cumplido con la decisión judicial que la condenó a entregar los datos requeridos a través de un par de solicitudes de acceso a la información pública, formuladas al amparo de la ley 18.381.

En octubre del año pasado, la doctora Paula Ramilo, jueza suplente de Sexto Turno de Paysandú, sentenció a la comuna con la aplicación de astreintes (sanciones económicas que se imponen a un deudor que no cumple con una orden judicial) a un valor de 4 Unidades Reajustables (UR) por día por un plazo no mayor a los 45 días por la negativa a responder, básicamente, sobre dos asuntos: respecto a cuáles fueron las inversiones que efectivamente realizó en el vertedero la empresa Sandeco, concesionaria de la gestión del lugar, y sobre cuáles son los costos de las obras requeridas para poder construir la residencia para estudiantes universitarios en zona inundable, en la ex planta de Vialidad.

Los peticionantes de la información fueron el doctor Federico Álvarez Petraglia y Mario Díaz que, según afirman, nunca consiguieron conocer lo que efectivamente buscaban dado que las respuestas fueron «pour la galerie», definió el abogado.

En un informe fechado el 13 de marzo de 2025, que está en plazo de vista, el Poder Judicial comunicó a las partes que «se computan 45 días por 4 UR por cada día hace un total de 180 UR en concepto de astreintes», lo que a la fecha de emisión del documento, con valor de la UR de febrero de 2025, equivalía a 314.505 pesos.

«Estimo que para después de turismo la Intendencia tiene que haber pago», dijo Álvarez Petraglia y recordó que dispusieron que la parte que les corresponde como impulsores de la acción se destine a Movimiento de Protección a la Infancia (MOPI), servicio que trabaja en beneficio de adolescentes y jóvenes de contextos vulnerables.

Escuchá las declaraciones del doctor Federico Álvarez Petraglia:

 

 

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